¿Quiénes pueden presentar consultas o reclamaciones?
Están legitimados para presentar quejas o reclamaciones y formular consultas:
- Las personas o entidades que actúen en defensa de los intereses particulares de sus clientes
- Los tomadores de seguros
- Los asegurados
- Los beneficiarios
- Los terceros perjudicados
- Los partícipes y beneficiarios de planes de pensiones.
- Los derechohabientes de cualquiera de ellos
- Las asociaciones y organizaciones representativas de legítimos intereses colectivos de los usuarios de servicios financieros, siempre que tales intereses resulten afectados y aquéllas estén legalmente habilitadas para su defensa y protección y reúnan los requisitos establecidos en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, o, en su caso, en la legislación autonómica en materia de defensa de los consumidores.
- Las oficinas y servicios de información y atención al cliente a que se refiere el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, para formular consultas.
Fuente: DGSyFP
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