¿Quiénes pueden presentar consultas o reclamaciones?

Están legitimados para presentar quejas o reclamaciones y formular consultas:

  • Las personas o entidades que actúen en defensa de los intereses particulares de sus clientes
  • Los tomadores de seguros
  • Los asegurados
  • Los beneficiarios
  • Los terceros perjudicados
  • Los partícipes y beneficiarios de planes de pensiones.
  • Los derechohabientes de cualquiera de ellos
  • Las asociaciones y organizaciones representativas de legítimos intereses colectivos de los usuarios de servicios financieros, siempre que tales intereses resulten afectados y aquéllas estén legalmente habilitadas para su defensa y protección y reúnan los requisitos establecidos en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, o, en su caso, en la legislación autonómica en materia de defensa de los consumidores.
  • Las oficinas y servicios de información y atención al cliente a que se refiere el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, para formular consultas.

Fuente: DGSyFP

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