El ICAC recuerda la relevancia del depósito de cuentas para la transparencia empresarial
El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) ha difundido recientemente un documento en el que incide en la trascendencia de cumplir con la obligación de presentar las cuentas anuales ante el Registro Mercantil. Este procedimiento, muchas veces percibido como meramente formal, tiene implicaciones profundas para la salud financiera y la imagen de las sociedades mercantiles.
Transparencia y seguridad jurídica
El acto de depositar las cuentas no solo es un requerimiento legal, sino que desempeña un papel decisivo en la generación de confianza en el entorno económico. Inversores, entidades financieras, administraciones públicas y otros interesados se apoyan en esta información para valorar la solvencia y fiabilidad de una empresa. La presentación de cuentas actualizadas permite mejorar el acceso a financiación, contratar seguros de crédito con mayor facilidad, y proyectar una imagen más sólida frente a clientes y proveedores.
Supervisión y régimen sancionador
Cuando una sociedad no cumple con esta obligación, los Registros Mercantiles lo notifican al ICAC. A partir de estas comunicaciones, el Instituto selecciona aquellas empresas que serán objeto de un expediente sancionador. Es importante señalar que las infracciones prescriben pasados tres años desde su comisión.
¿Cómo se determina la cuantía de la sanción?
Durante el proceso sancionador, se requiere que la empresa aporte datos clave como el valor total de sus activos y sus ingresos por ventas, correspondientes al último ejercicio fiscal. La forma de calcular la multa depende de si la empresa facilita esta información:
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Sin datos proporcionados: la multa será del 2% del capital social registrado, con un mínimo de 1.200 euros.
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Con datos proporcionados: se aplica un 0,5‰ al total del activo y otro 0,5‰ sobre las ventas. También en este caso, el importe mínimo es de 1.200 euros.
En caso de que este cálculo supere la sanción basada en el capital social, se recalcula aplicando el 2% sobre dicho capital, pero con una reducción del 10%. En todo caso, la sanción nunca bajará del umbral mínimo establecido.
Posibilidades de reducción
Las empresas tienen la oportunidad de disminuir la cuantía final si colaboran durante el proceso. Un reconocimiento voluntario de los hechos permite rebajar la sanción un 20%, y si además se realiza el pago anticipado antes de la resolución, se puede obtener una reducción adicional del 20%. Estas reducciones solo aplican si la empresa renuncia a interponer cualquier recurso administrativo posterior.
2025/04/16-®Fuente: GestyFor