Empleados sujetos a requisitos de capacitación profesional según EIOPA
Pregunta
Según el artículo 10 de la Directiva sobre seguros, los empleados de las empresas de seguros y los intermediarios están sujetos a una formación profesional de al menos 15 horas al año. ¿Qué empleados exactamente están sujetos a esta obligación? ¿Los contables y los empleados administrativos que no participan en el proceso de distribución también están obligados a realizar una formación de 15 horas al año?
Antecedentes de la pregunta
Los empleados de las empresas de seguros no participan en el proceso de distribución, pero pueden tener contacto con los asegurados existentes para proporcionarles información sobre los contratos o ayudarlos con una solicitud de rescate parcial, por ejemplo. No está claro si estas actividades estarían incluidas en el requisito de capacitación. Las actividades se limitan a brindar soporte y gestión de los contratos existentes.
Respuesta de la EIOPA
La respuesta a esta pregunta la proporciona la Comisión Europea .
El artículo 10(1) de la Directiva (UE) 2016/97 (Directiva sobre la distribución de seguros) establece que los distribuidores de seguros y reaseguros y los empleados de las empresas de seguros y reaseguros que realicen actividades de distribución de seguros o reaseguros deben poseer los conocimientos y la capacidad adecuados para llevar a cabo sus tareas y desempeñar sus funciones adecuadamente. De conformidad con el artículo 10(2) de la Directiva sobre la distribución de seguros (véase más adelante), las personas en cuestión deben cumplir con los requisitos de formación y desarrollo profesional continuo para mantener un nivel de rendimiento adecuado que corresponda al puesto que desempeñan y al mercado pertinente.
Estas personas son:
– intermediarios de seguros y reaseguros;
– los empleados de empresas de seguros y reaseguros, y
– empleados de intermediarios de seguros y reaseguros.
Sin embargo, de conformidad con el artículo 10(2), párrafo 5, de la Directiva sobre seguros y reaseguros, los requisitos no se aplicarán a todas las personas físicas que trabajen en una empresa de seguros o reaseguros, o en un intermediario de seguros o reaseguros, que ejerzan la actividad de distribución de seguros o reaseguros. El requisito deberá aplicarse a: (1) las personas pertinentes dentro de la estructura de gestión de dichas empresas que sean responsables de la distribución de productos de seguros y reaseguros y (2) todas las demás personas que participen directamente en la distribución de seguros o reaseguros.
La IDD no ofrece una definición precisa del término “directamente implicada”. Sin embargo, la actividad de distribución de seguros se define en el artículo 2(1)(1) de la IDD como la que comprende las siguientes actividades:
– asesoramiento sobre la celebración de contratos de seguro,
– proponer la celebración de contratos de seguro,
– realizar otros trabajos preparatorios para la celebración de contratos de seguro,
– celebrar dichos contratos, o
– ayudar en la administración y ejecución de dichos contratos, en particular en caso de siniestro, incluyendo el suministro de información relativa a uno o más contratos de seguro de acuerdo con criterios seleccionados por los clientes a través de un sitio web u otros medios y la compilación de una lista de clasificación de productos de seguro, incluyendo una comparación de precios y productos, o un descuento en el precio de un contrato de seguro, cuando el cliente pueda concluir directa o indirectamente un contrato de seguro utilizando un sitio web u otros medios.
De manera similar, la actividad de distribución de reaseguros se define en el artículo 2(1)(2) de la DID como la que comprende las siguientes actividades:
– asesoramiento sobre la celebración de contratos de reaseguro,
– proponer la celebración de contratos de reaseguro,
– realizar otros trabajos preparatorios para la celebración de contratos de reaseguro,
– celebrar dichos contratos, o
– prestar asistencia en la administración y ejecución de dichos contratos, en particular en caso de siniestro, incluso cuando los lleve a cabo una empresa de reaseguros sin la intervención de un intermediario de reaseguros.
En base a esto, “participar directamente” significa trabajar o supervisar a alguien que trabaja personalmente en las actividades enumeradas anteriormente. Además, de acuerdo con el Considerando 28 de la DID, generalmente se requiere un alto nivel de profesionalismo y competencia para los distribuidores que participan en actividades preparatorias, durante y posteriores a las ventas de pólizas de seguros.
Por lo tanto, en conclusión, solo aquellas personas dentro de la dirección de las empresas en cuestión que sean responsables de la distribución de productos de seguros y reaseguros y todos los demás miembros del personal que realicen personalmente actividades de distribución de seguros y reaseguros según se define en el artículo 2(1)(1) de la IDD, estarán cubiertos por el requisito de formación y desarrollo profesional continuo, basado en al menos 15 horas de formación o desarrollo profesional por año.
17/10/2024®Fuente: EIOPA