PREGUNTAS Y RESPUESTAS Y ASPECTOS PRÁCTICOS DE LA REGULACIÓN DE LA PREVENCIÓN DE BLANQUEO DE CAPITALES Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO Y DE LAS SANCIONES INTERNACIONALES EN EL ÁMBITO DEL SEGURO Y DE LAS PENSIONES PRIVADAS
Webinar 30 de noviembre de 2021 de 15:30 a 18:30 horas
El objetivo del curso es la de ofrecer una visión práctica de la regulación de la prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (PBC/FT) y de la regulación de las sanciones internacionales, ambas sesiones referidas al ámbito del seguro y de las pensiones privadas, a través de un formato de preguntas y respuestas y de uno o varios casos prácticos.
La normativa administrativa de PBC/FT circunscribe el riesgo de blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo, en el ámbito asegurador y en el de las pensiones privadas, a los seguros de vida, a los seguros relacionados con inversiones y a los planes de pensiones, de ahí que someta al cumplimiento de los requisitos normativos a las entidades aseguradoras autorizadas para operar en el ramo de vida u otros seguros relacionados con inversiones, a los corredores de seguros cuando actúen en relación con seguros de vida u otros servicios relacionados con inversiones y a las sociedades gestoras de fondos de pensiones donde se integren planes de pensiones. ¿Eso significa que las entidades aseguradoras de no vida no deban cumplir la normativa de PBC/FT? ¿O simplemente que no están bajo la supervisión administrativa llevada a cabo por el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC)? ¿Existe riesgo de blanquear o de financiar el terrorismo a través de seguros de daños? ¿Y a través de seguros patrimoniales? ¿Y por medio de todo tipo de seguros de vida o de todo tipo de planes de pensiones? ¿Se trata de un riesgo alto, medio o bajo?
Por otro lado, la normativa de sanciones internacionales, altamente cambiante debido normalmente a decisiones políticas, dispersa y heterogénea, no sólo es de aplicación a las entidades aseguradoras de vida y/o de seguros relacionados con inversiones, a las corredurías que comercialicen productos de vida y/u otros seguros relacionados con inversiones y a las sociedades gestoras de fondos de pensiones, sino que también es aplicable a las entidades aseguradoras de no vida, a las reaseguradoras de vida y de no vida y a las corredurías que comercialicen productos de no vida. A veces sin ser plenamente conscientes, las entidades anteriores asumen riesgos, en su actividad cotidiana, de incumplimiento de la normativa de sanciones internacionales como consecuencia de llevar a cabo operaciones con personas físicas o jurídicas incluidas en las llamadas “listas de sanciones internacionales”, listas en las que figuran personas físicas y jurídicas de países, regímenes u organizaciones sancionados así como otras personas físicas y jurídicas con las que no debería realizarse ningún tipo de operación, ni directa ni indirectamente, so pena de ser sancionado. Pero, ¿han de respetar por ejemplo las listas publicadas por países como el Reino Unido, Canadá o EEUU e incluso por organismos internacionales como el Banco Interamericano de Desarrollo? ¿La normativa de sanciones internacionales obliga a las entidades anteriores, como en el caso de la de PBC/FT, a adoptar medidas de diligencia debida, a tener sistemas de alertas, a examinar operaciones dudosas y reportarlas en su caso? En su caso, ¿a qué órgano se reportarían? ¿Qué medidas habrían de adoptarse? ¿Están obligadas igualmente a adoptar y aprobar políticas, procedimientos y manuales? ¿Qué consecuencias podrían tener que afrontar las entidades anteriores si incumplen la normativa de sanciones internacionales de la UE? ¿Y si incumplen las de la OFAC americana?
1ª parte: Preguntas y respuestas en torno a la regulación de PBC/FT (1h):
- Análisis del riesgo-cliente, riesgo-producto y riesgo-operación.
- Medidas de diligencia debida agravadas, normales o simplificadas atendiendo al riesgo.
- Diseño del sistema de alertas.
- Deber de abstención/deber de no revelación.
- Aspectos formales y materiales del examen especial.
- Aspectos formales y materiales de las comunicaciones por indicio.
- Aspectos formales y materiales de las comunicaciones sistemáticas.
- Representante ante el SEPBLAC, OCI y Unidad especializada. Funciones clave o fundamentales. Órgano de administración.
- Políticas y procedimientos. Manual de PBC/FT.
- Aplicabilidad a entidades aseguradoras de no vida, corredurías de no vida y a entidades reaseguradoras.
2ª parte Preguntas y respuestas en torno a la regulación de sanciones internacionales (1h):
- Regulación. Listas de sanciones internacionales.
- Análisis del riesgo-cliente, riesgo-producto, riesgo-operación y riesgo-país.
- Políticas y procedimientos. Manual de corporate defense penal.
- Sistema de alertas.
- Tipología de medidas a adoptar.
- Comunicaciones a realizar a las autoridades.
- Intereses fuera de la UE. Principio de extraterritorialidad.
3ª parte Caso/s práctico/s (1h).
Se facilitará archivo PDF con la ponencia para un mejor seguimiento.
Ponente: D. JUAN PEDRO BENEYTO-GUILLAMÁS LLORENTE
Inspector de Seguros del Estado actualmente destinado en el área de prevención del blanqueo de capitales, Subdirección General de Inspección. DGSyFP. Ex Inspector de Prevención de Blanqueo de Capitales en el Sepblac. Ex responsable del departamento de Regulatorio de Seguros de Herbert Smith Freehills y fundador de JP Beneyto Abogados. Abogado y Auditor. Amplia experiencia docente para el sector asegurador.