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Revisión de Solvencia II: mantener el régimen adecuado para su propósito
La Directiva Solvencia II entró en vigor en Europa el 1 de enero de 2016 y supuso un auténtico hito que supuso un avance real en materia de gestión de riesgos y armonización de estándares prudenciales en el Espacio Económico Europeo. La industria de seguros ahora utiliza un enfoque basado en el riesgo para evaluar y mitigar los riesgos. También tiene un capital mejor alineado con los riesgos que corre. Las aseguradoras han fortalecido significativamente sus modelos de gobierno y su capacidad de gestión de riesgos. Solvencia II es definitivamente un marco eficaz.
Cuando se introdujo la Directiva Solvencia II, ya se habían planificado revisiones para actualizar el método de cálculo de los requisitos de capital bajo el enfoque estándar en 2018 y para evaluar la aplicación de las medidas de garantías a largo plazo y medidas sobre riesgos de capital en 2020. A petición de la Comisión Europea, el alcance de la Opinión de EIOPA sobre la revisión de 2020 de Solvencia II es más amplio que el previsto por la Directiva.
El dictamen de EIOPA sobre la revisión de Solvencia II tiene como objetivo, en particular, mantener el régimen adecuado para su propósito mediante la introducción de una actualización equilibrada del marco regulatorio y un mejor reflejo de la situación económica, al tiempo que se completa la caja de herramientas regulatorias.
Desde una perspectiva prudencial, EIOPA considera que, en general, el marco de Solvencia II ha estado funcionando bien y no se necesitan cambios fundamentales, pero se requieren una serie de modificaciones para garantizar que el marco regulatorio siga siendo un régimen basado en el riesgo que funcione correctamente. Esta es la razón por la que EIOPA ha aconsejado en 2020 una evolución a este marco prudencial. Más específicamente sobre los aspectos de la revisión de Solvencia II que se relacionan con los requisitos cuantitativos, la Opinión de EIOPA propone modificaciones sobre las medidas de garantía a largo plazo y medidas sobre riesgo de capital, provisiones técnicas, fórmula estándar de Capital de Solvencia Obligatorio y Capital Mínimo Obligatorio. Lo siguiente no pretende cubrir todos los aspectos cuantitativos.
Desde la perspectiva de la situación económica, existen áreas de preocupación que la revisión debería abordar. El crecimiento económico moderado ha llevado a una amplia relajación monetaria, que se intensificó aún más por la pandemia de Covid-19. Además, en los últimos dos años, la curva swap del euro se movió a territorio negativo.
El consejo de EIOPA es que es esencial reconocer este panorama económico en Solvencia II. En su revisión de 2018 del Capital de Solvencia Requerido, EIOPA ha propuesto cambios en el tratamiento de los riesgos de tasa de interés para evitar que se subestime el capital que se tiene en su contra. EIOPA considera que los cambios son necesarios y sugiere reflejar las tasas bajas y negativas experimentadas recientemente. Además, EIOPA recomienda cambios en las curvas de tipos de interés que utilizan las aseguradoras para valorar los pasivos, especialmente en lo que respecta a la extrapolación. Los cambios en el método de extrapolación aumentan la consistencia del mercado y reconocen los cambios que ocurrieron en el mercado desde que se desarrolló el marco actual en 2014.
Dicho esto, EIOPA también reconoce que, debido a sus pasivos a largo plazo, las aseguradoras se adaptan particularmente bien a las inversiones a largo plazo. El consejo de EIOPA es que puede haber un trato más favorable y prudente de las aseguradoras con pasivos a largo plazo. Esto se refleja en las sugerencias de EIOPA de mejoras al ajuste de volatilidad.
También se recomienda un tratamiento más favorable pero prudente para la inversión de capital a largo plazo, mantenida contra pasivos ilíquidos a largo plazo. EIOPA propone revisar los criterios de elegibilidad, para hacerlos más sólidos desde el punto de vista prudencial, practicables y reconociendo el carácter a largo plazo.
Con respecto al margen de riesgo, EIOPA propone introducir ajustes para tener en cuenta la dependencia temporal de los riesgos. El efecto de dicho cambio es una reducción progresiva del margen de riesgo, que aumenta con la duración de los pasivos. Además, la volatilidad del margen de riesgo se reducirá a través de este cambio, especialmente para los pasivos a largo plazo.
Las propuestas de la Comisión Europea publicadas en octubre de 2021 comparten en gran medida el enfoque de EIOPA y siguen los objetivos establecidos en el Dictamen de EIOPA sobre la revisión de 2020 de Solvencia II.
No obstante, algunos aspectos importantes se han modificado y se traducen en una reducción del nivel de prudencia con respecto a los asegurados. La prudencia es un elemento importante de Solvencia II para evitar situaciones perjudiciales para los asegurados. El asesoramiento de EIOPA recomendó un tratamiento más favorable pero prudente de los pasivos ilíquidos, así como una actualización equilibrada en general. En opinión de EIOPA, la eliminación de las consideraciones de falta de liquidez a efectos de los cálculos de ajuste de volatilidad, por un lado, y la relajación con respecto a la calibración del margen de riesgo y el requerimiento de capital por riesgo de interés, por el otro, plantean riesgos potenciales.
Gracias a Ornella Lombardi y Maxime Louardi por su contribución a este artículo.